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«El Gobierno debe mostrar una transparencia excepcional para que no se genere un ambiente propicio para la proliferación de bulos»

Miguel Ángel Blanes, doctor en Derecho y experto en transparencia y acceso a la información pública.

«El Gobierno debe mostrar también una transparencia excepcional. Si el ciudadano no sabe lo que pasa se genera un ambiente propicio para la proliferación de bulos», sostiene Miguel Ángel Blanes, doctor en Derecho y especialista en transparencia y acceso a la información pública en una entrevista que publica ElIndependiente.com.

Blanes sostiene que el estado de alarma no justifica que el Gobierno haya suspendido en la práctica el Portal de Transparencia y censura que el Ejecutivo no esté dando publicidad a los contratos que los ministerios de Sanidad o Transportes han adjudicado por vía de urgencia para la compra de material sanitario en plena pandemia de coronavirus.

Para leer la entrevista completa, pinche en el siguiente enlace:

La API se suma a la FAPE y rechaza los ataques de Vox a los medios

Nemesio Rodríguez, presidente de la FAPE.

La Asociación de Periodistas de Investigación (API) se adhiere al comunicado en el que la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) -a la que estamos vinculado- rechaza los ataques de Vox a determinados medios de comunicación e insta a los periodistas a «luchar sin descanso contra las estrategias de desinformación». 

La FAPE rechaza una vez más los ataques de Vox a periodistas y medios de comunicación públicos y privados, en lo que supone un intolerable intento de coartar el libre ejercicio del periodismo para evitar la rendición de cuentas sobre sus decisiones y actuaciones a la que está obligado como partido parlamentario.

Al mismo tiempo, la FAPE respalda la labor de verificación de los hechos que están haciendo medios y empresas especializadas, de acuerdo a los principios deontológicos del periodismo. Su tarea es esencial para frenar la avalancha de bulos y montajes sobre la pandemia y que obedece a objetivos espurios, por lo que rechazamos cualquier intento de intimidación o amenaza, proceda de donde proceda.

 La FAPE anima a los periodistas a luchar sin descanso contra las estrategias de desinformación que tratan de aprovechar la crisis para fomentar el miedo, la crispación y el odio»

La FAPE anima a los medios y a los periodistas que apuestan por la información veraz, verificada y contrastada, a luchar sin descanso contra las estrategias de desinformación que tratan de aprovechar la crisis para fomentar el miedo, la crispación y el odio, en una escalada que atenta contra valores fundamentales del sistema democrático.

La polarización política nunca debería de trasladarse al ejercicio del periodismo. Los periodistas debemos lealtad ante todo a los ciudadanos, no a un determinado partido o grupo de intereses. Todo comportamiento ajeno a este principio solo conlleva desprestigio y pérdida de credibilidad. Si un partido basa su estrategia en la mentira, es obligación del periodista desmontarla y nunca avalarla y difundirla.

Descalificaciones

El primer compromiso ético del periodista es el respeto a la verdad. Nuestra misión es la búsqueda de información veraz para garantizar plenamente el derecho de información de los ciudadanos, como está reflejado en nuestra Constitución.

Por otra parte, la FAPE deplora que algunos periodistas se hayan apuntado a la descalificación de otros colegas y no duden en recurrir al insulto y a la mentira para azuzar la bronca. A los ciudadanos no les interesa para nada las peleas entre periodistas, solo les preocupa que, como servicio esencial, hagamos bien nuestro trabajo para tomar sus propias decisiones con el mayor conocimiento posible de los hechos. Y no olvidemos que en cumplimiento de esta misión, muchos colegas se están jugando la salud e incluso la vida.

Nuestra profesión debe aportar sosiego y reflexión en un momento en el que los ciudadanos viven con angustia la evolución y los efectos de la pandemia y buscan respuestas que el periodismo está en condiciones de aportar si se ejerce respetando el Código Deontológico.

WhatsApp niega que ejerza censura: «Cualquier afirmación que sugiera lo contrario es 100% falsa»

WhatsApp ha salido al paso de las acusaciones y rechaza que con los límites que ha incorporado para reducir el número de veces que se pueden compartir los mensajes frecuentemente reenviados busque ejercer la censura: «Cualquier afirmación que sugiera lo contrario es 100 % falsa».

En las últimas semanas, algunos partidos políticos y periodistas han difundido la especie de que la aplicación de mensajería instantánea propiedad de Facebook está censurando contenidos críticos con la gestión que el Gobierno de Pedro Sánchez está realizando de la crisis sanitaria del coronavirus, al tiempo que alientan a sus seguidores a utilizar Telegram.

En un comunicado, WhatsApp recuerda que recientemente tomó la decisión de introducir a nivel mundial un nuevo límite para «limitar la propagación de mensajes que puedan contener información errónea» y mantener a los usuarios «seguros».  De esta forma, cuando se ha compartido cinco veces, el usuario sólo podrá reenviar ese mensaje a otros chats «de uno en uno».

La aplicación de mensajería instantánea de Facebook asegura que ha aplicado un límite a nivel mundial para «limitar la propagación de mensajes que puedan contener información errónea»

«Este límite se aplica automáticamente y no guarda relación alguna con el contenido del mensaje -que WhatsApp ni ve, ni modera, ni censura- porque todos los mensajes y llamadas de WhatsApp están protegidos con un cifrado de extremo a extremo«, explica. Ello significa -aclara- que el contenido sólo puede conocerlo el emisor y el destinatario.

En su nota, WhatsApp recuerda que recientemente ha donado un millón de dólares a la Red Internacional de Verificación de Contenidos (IFCN, por sus siglas en inglés) -dependiente del Poynter Institute- para apoyar la lucha contra la desinformación relacionada con la covid-19. En concreto, el dinero se destinará a la formación para el uso de las funciones avanzadas de WhatsApp Business, incluida la API de WhatsApp Business.

«La IFCN lanzó la CoronaVirusFacts Alliance, una red global que representa a más de 100 verificadores en más de 45 países -incluido España- que utilizan WhatsApp para recopilar y aclarar información engañosa. Los verificadores utilizan WhatsApp como una manera de recoger desinformación que les hace llegar el público general, quienes les envían rumores o mensajes sospechosos de ser falsos para que los verificadores o fact checkers puedan revisarlos», agrega.

El derecho de acceso a la información pública sobre el coronavirus durante el estado de alarma

Miguel Ángel Blanes, doctor en Derecho y experto en transparencia y acceso a la información pública.
Miguel Ángel Blanes

La reflexión que os planteo es si la declaración del estado de alarma ha suspendido los plazos de tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública.

Os adelanto mi opinión, con carácter general: sí que han quedado suspendido los plazos, salvo que la solicitud tenga por objeto el acceso a la información pública relacionada con la grave situación provocada por el coronavirus.

Me explico. Como sabemos, el estado de alarma fue declarado el pasado 14 de marzo y se ha prorrogado, de momento, hasta las 00:00 horas del próximo 12 de abril.

La Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la covid-19, declara, con carácter general, la suspensión de los términos y la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público.

El estado de alarma vacía absolutamente de contenido real el derecho de acceso a la información pública precisamente durante un periodo en el que es muy importante saber lo que está pasando»

No obstante, en el apartado 4, se atribuye a las entidades del sector público la siguiente facultad:

«(…) podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios (…)».

Entiendo que este precepto autoriza a las entidades públicas a continuar con la tramitación de las solicitudes presentadas con anterioridad y durante la vigencia del estado de alarma, puesto que se trata de acceder a información pública relacionada con la covid-19, esto es, con los «hechos justificativos del estado de alarma».

Y, en mi opinión, no se debería interpretar como una mera facultad de las entidades públicas. Si entendemos que no están obligadas a continuar con la tramitación de las solicitudes de acceso a la información pública relacionadas con el coronavirus, llegamos a dos conclusiones que deben ser rechazadas por absurdas:

a) El estado de alarma vacía absolutamente de contenido real el derecho de acceso a la información pública precisamente durante un periodo en el que es muy importante saber lo que está pasando, al margen de la información que se publique de forma activa por parte de las entidades públicas en las páginas web oficiales. Esta suspensión no tiene ningún sentido en un estado democrático de derecho.

Si al plazo normal de respuesta de 1 mes, ampliable por otro, le sumamos los 30 días que, como mínimo, va a durar el estado de alarma, más el posterior plazo de 3 meses para resolver las reclamaciones si no se facilita la información y, en su caso, posterior pleito judicial, se retrasa en exceso el acceso a una información pública de gran interés general.

b) Las personas que trabajan en los medios de comunicación y en las agencias de noticias de titularidad pública y privada han sido consideradas como servicios esenciales (apartado 11 del Anexo del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra la covid-19).

Y la pregunta es obligada: ¿Cómo van a desarrollar su trabajo los periodistas si se considera que los plazos de tramitación de las solicitudes del derecho de acceso a la información pública están suspendidos durante el estado de alarma?

No tienen ningún sentido. Lo lógico sería al revés. No solo que no estuvieran suspendidos, sino que los plazos se hubieran acortado por razones de urgencia para permitir un acceso más rápido a la información por parte de quienes acrediten que trabajan en los medios de comunicación o agencias de noticias.

No solo no deberían suspenderse los plazos, sino que se hubieran acortado por razones de urgencia para permitir un acceso más rápido a la información a los periodistas»

No hay que olvidar que los periodistas son pieza clave en una democracia. Contribuyen a mantener informada a la opinión pública y a luchar contra la indeseada desinformación generada por las noticias falsas.

La declaración del estado de alarma puede limitar el ejercicio de ciertos derechos fundamentales, pero no suspenderlos, ya que ello es más bien propio del estado de excepción.

Si entendemos que las solicitudes de acceso a la información pública relacionadas con la covid-19 presentadas antes y durante el estado de alarma están suspendidas, quedarían vacíos de contenido los siguientes derechos fundamentales: a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión (artículo 20.1.d), a participar en los asuntos públicos (23.1) y a acceder a la información pública cuando lo ejercita un cargo electo (concejal, diputado o senador).

El Tribunal Constitucional, en su sentencia 83/2016, de 28 de abril, ha recordado que  la suspensión de derechos fundamentales solo se puede producir durante la declaración de los estados de excepción y sitio, pero no durante el estado de alarma en el que nos encontramos.

En consecuencia, entiendo que las solicitudes de acceso a la información pública relacionadas con la covid-19 presentadas antes y durante el estado de alarma no están suspendidas en su tramitación.

Hemos perdido una gran oportunidad para avanzar en nuestro sistema democrático. La normativa aprobada para regular el estado de alarma debería haber contemplado la tramitación de urgencia de las solicitudes de acceso a la información sobre la covid-19 presentadas por los medios de comunicación y agencias de noticias, con un plazo de respuesta de cinco días, ampliable a un máximo de diez. Pero quizás eso todavía nos quede muy lejos para nuestra joven democracia.


Miguel Ángel Blanes es doctor en Derecho y experto en transparencia y acceso a la información pública.

Crisis sanitaria, no crisis en transparencia

Esperanza Zambrano, subdirectora general de Reclamaciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
Esperanza Zambrano

En estos días en que millones de españoles nos encontramos confinados en nuestras casas como consecuencia del estado de alarma declarado por la crisis sanitaria de la covid-19, no podemos dejar de pensar en la importancia de estar debidamente informados del desarrollo y evolución de esta pandemia. La transparencia, más que nunca, es un factor clave no solo para ayudar a los ciudadanos a protegerse del virus —y de ahí la insistencia de las campañas informativas institucionales que emiten todos los medios de comunicación— sino también para que nuestros responsables públicos nos generen confianza en sus acciones y en que la superación de la crisis es posible y está cerca.

La información a los ciudadanos es esencial para evitar la proliferación de bulos que con tanta frecuencia se difunden estos días por redes sociales y Whatsapp, pero entiendo que también es importante el envío de mensajes claros, coordinados entre los departamentos responsables y expresados en un lenguaje entendible para todos los destinatarios. No hay nada más potente contra los bulos o fake news que la veracidad y claridad en el mensaje. Si sabemos que existe información pública clara y veraz y dónde es posible obtenerla, podremos combatir la desinformación que se propaga por las redes y que solo nos confunde y desorienta.

También vemos estos días cómo proliferan las comparecencias de diferentes responsables públicos de distinto nivel que aportan datos y cifras e informan de las medidas que están siendo adoptadas por sus Departamentos. En mi opinión, la necesaria transparencia en la evolución de la situación y en las actuaciones que se están llevando a cabo no debería conllevar un exceso de datos e información que, inevitablemente, contribuya a la confusión y a posibles contradicciones. Como apuntaba en esta misma web hace unas semanas, transparencia no siempre se traduce en proporcionar mucha información, sino en hacerlo de forma clara, estructurada, entendible y, teniendo en cuenta la situación que ahora acontece en nuestro país, yo diría que adaptada a las circunstancias a las que la información va referida.

Esta crisis pasará y, aunque sus consecuencias perdurarán, esperemos que una de ellas no sea que se resienta la necesaria rendición de cuentas por la actuación pública»

La claridad en la información que se aporta es esencial para que sea comprensible por sus destinatarios. Comprobamos estos días cómo organizaciones vinculadas a la transparencia y al acceso a la información han puesto en marcha iniciativas para traducir a un lenguaje claro las medidas adoptadas por el Gobierno. La Fundación CIVIO es un ejemplo de ello y resultan muy interesante las fichas que publica en su página web sobre las medidas que se han aprobado relativas al coronavirus. Este ejercicio, aparentemente sencillo, no ha sido realizado por nuestras autoridades sino por organizaciones de la sociedad civil comprometidas con la transparencia en las decisiones públicas, fundamental más aún en estos momentos para aportar confianza y seguridad jurídica.

Pero transparencia es también proporcionar información de interés a la ciudadanía y no solo aquella que desde el poder público —según criterios que no tienen que coincidir, y en muchas ocasiones no lo hace, con los de los ciudadanos— se considera relevante. Buenos ejemplos proliferan estos días pero me parece especialmente destacable el trabajo que está realizando la Junta de Castilla y León, a través de su Dirección General de Transparencia y Gobierno Abierto, al aportar en formato de datos abiertos información sobre la evolución de la epidemia en su territorio (incidencia por tramo de edad, por tramo de edad y sexo, en los servicios de atención primaria, etc.) así como otros datos relacionados o vinculados a la pandemia, como son los relativos a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) que se han presentado motivados por la covid-19.

El estado de alarma decretado tiene también otras repercusiones, quizás a las que la ciudadanía en general es más ajena pero no por ello son menos importantes. Así, desde el 14 de marzo, los plazos administrativos y procesales —salvo los vinculados con la adopción de medidas derivadas del estado de alarma o los procedimientos judiciales relacionados, básicamente,  con la protección de derechos y libertades fundamentales— se encuentran suspendidos. Esta suspensión, en relación con el ejercicio del derecho de acceso a la información pública reconocido en la Ley de Transparencia, tiene una implicación fundamental: el plazo para resolver una solicitud de acceso queda interrumpido desde el 14 de marzo hasta el 11 de abril, fecha —al menos de momento— hasta la que se prolongará el estado de alarma. Con ello, cualquier solicitud de acceso a la información que se plantee estos días sobre decisiones públicas relacionadas con la crisis de la covid-19 tendrá una respuesta, como pronto, en el mes de mayo. Una fecha que, claramente, no se corresponde con la necesidad inmediata de transparencia que necesita esta situación y que se ve agravada por la ausencia de un ejercicio generalizado de transparencia proactiva de información de interés.

Aunque el confinamiento hace imposible el normal desarrollo del trabajo, sería deseable una identificación de las solicitudes vinculadas a esta crisis y darles prioridad en la respuesta»

Por ello, y aunque el confinamiento que se deriva del estado de alarma hace incompatible el normal desarrollo del trabajo vinculado a dar respuesta a una solicitud de información, sí entiendo que sería deseable una identificación de las solicitudes vinculadas a esta crisis y darles prioridad en la respuesta. Y esperemos que esta respuesta haga real la máxima expresada en el Preámbulo de la Ley de Transparencia: «La transparencia, el acceso a la información pública y las normas de buen gobierno deben ser los ejes fundamentales de toda acción política (…). Permitiendo una mejor fiscalización de la actividad pública se contribuye a la necesaria regeneración democrática, se promueve la eficiencia y eficacia del Estado y se favorece el crecimiento económico».

Esta crisis pasará y, aunque sus consecuencias aún perdurarán, esperemos que una de ellas no sea que se resienta la necesaria rendición de cuentas por la actuación pública, más aún cuando están vinculadas a una cuestión de interés general como es la salud pública.

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Esperanza Zambrano Gómez es subdirectora general de Reclamaciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG).

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